A Jordi Pujol le ingresó su hijo 307.000.000 PTS «en efectivo metálico» en Andorra en el año 2000

Més d’1,8€ milions. D’on sortien aquests diners, sr president?

Deixem que parli el jutge:

«Jordi PUJOL SOLEY dispuso de un contrato bancario en la entidad ANDBANK. Se trata de la cuenta corriente número 63810.

En esta cuenta corriente figura como titular con carácter formal Jordi PUJOL FERRUSOLA. Existe documentación (vid informe UDEF 28.633 UDEF-BLA-G24, de 07.09.2015), que revela que los saldos depositados en la misma serían propiedad de Jordi PUJOL SOLEY, ejerciendo su hijo Jordi PUJOL FERRUSOLA exclusivamente de fiduciario, razón por la que formalmente consta como titular.

La cuenta corriente fue abierta el 21.09.2000 y cancelada el 30.12.2010. (…)

El contrato de apertura fue suscrito exclusivamente por Jordi PUJOL FERRUSOLA el 21.07.2000, día que aprovechó para hacer el único movimiento de abono que registra en toda su vida útil la cuenta, un ingreso en efectivo de 307.000.000 pts. en efectivo metálico. (…)

Los ingresos recibidos en esta cuenta sin aparente justificación ascienden, pues, a un total de 307.000.000 pts., bajo el concepto ingreso en efectivo, en el periodo comprendido entre el 21.09.2000 y el 30.12.2010. (…)

Jordi PUJOL SOLEY, quien manuscribe un texto en catalán, donde parece leerse que él es el titular de la cuenta número AN 63810, y que en caso de defunción los activos pasarán a ser propiedad de Marta FERRUSOLA LLADOS».

 

-Escolti sr. Pujol, que 307 PTS milions són molts milions. D’on els va treure? Diu la UDEF que…
-La UDEF? ¿Qué coño es esto de la UDEF?

Dolça i corrupta Catalunya…



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17 comentarios

  1. Alabado seas, pío varón, por tus misales.

  2. Los lazis parece ser que a esta famiglia del padre pujolone no la guillotinan, le dan las gracias por el mucho bien que ha hecho a Krastyluña. Se puede ser más tonto o más fanático.

  3. Este corrpto maximo, no ha pagado ni SUCESIONES ni nada de nada
    …. un Gran Ladron …. el mas grande de los ultimos 40 años.

  4. IGOR donde estas?

    Noto a faltar tu defensa cerrada del DALAI LAMA cuando trabajo pluriempleado en el Mercabarna moviendo y descargando sacos de patatas de sol a sol. Honrado jornalero que supo levantar un imperio con su laboriosidad…

    Como era todo aquello IGOR ???

  5. Pero a los podemitas y a los separatas no les importa la corrupción de la famiglia Pujolone, sin embargo no dejan de dar la matraca con el Rey Emérito que no está acusado de nada a día de hoy. Si lo tienen tan claro los podemitas y los separatas que denuncian a Juan Carlos, ¿Por qué no lo hacen? Por que quedaría demostrado que no mangó nada y que a lo sumo le pagó alguna empresa por conseguir contratas en el extranjero y traer empleo para España y los españoles.

    A los separatas y comunistas la corrupción suya no les importa sin embargo.

  6. Dinero, dinero, dinero…es sólo eso lo que les ocupa y preocupa a todos estos lazis….

  7. Una interesante sentencia alemana (1)20 de agosto de 2020, 1:06
    El Tribunal Constitucional alemán del Sarre dio unas interesantes indicaciones sobre el confinamiento poblacional pandémico en una sentencia de finales de abril de este año:

    1. Las restricciones a la libre circulación por causa del confinamiento-aislamiento impuestas por el Estado del Sarre en el curso de la pandemia, deben de relajarse, de modo que se permitan con efecto inmediato las reuniones con familiares y las actividades al aire libre.

    El derecho fundamental de la libertad de la persona de abandonar su propio hogar ha sido violado por la prohibición de abandonar el propio hogar (medida de confinamiento).

    El Tribunal permite que sea posible reunirse con los miembros de la familia y permanecer al aire libre – manteniendo las distancias necesarias y teniendo en cuenta la reducción del contacto.

    Las medidas adoptadas por el Gobierno del Estado del Sarre para contener la pandemia, eran necesarias en vista de la situación fronteriza del Sarre con Francia, que se vio particularmente afectada por la pandemia, y en vista de las cifras de infección particularmente elevadas en marzo de 2020 en comparación con otras partes de Alemania.

    Sin embargo, las medidas restrictivas en materia de derechos fundamentales asociadas a la restricción inicial, deben de ser revisadas diariamente con criterios científicos para comprobar su proporcionalidad.

    El Tribunal Constitucional dice que actualmente ya no hay razones sólidas para continuar la estricta reglamentación del Sarre que prohíbe salir de casa.

    Por una parte, la comparación de las tasas de infección (ingresos en sala, UCI) y mortalidad en los Länder alemanes «con y sin» restricción de salida domiciliaria, no permite sacar conclusiones sobre la eficacia de esta restricción. Así lo confirma un reciente estudio de científicos suizos, según el cual las restricciones de salida del hogar -en contraste con las prohibiciones de eventos u otras reuniones- sólo tienen una repercusión adicional menor en la incidencia de la infección.

    Por otra parte, la Academia de Alemania de las Ciencias Naturales de Alemania Leopoldina [1] ha aconsejado que introduzca una relajación cautelosa de las restricciones a la libertad de salida del hogar tan pronto como sea posible, a fin de limitar más las desventajas colaterales y mantener la aceptación entre la población.

    Además, el gobierno estatal había decidido pasar de las prohibiciones del ejercicio de los derechos fundamentales sujetos a autorización a un permiso fundamental con las necesarias reservas de prohibición.

    Con efecto inmediato, se permiten en el espacio privado del hogar las reuniones de cónyuges, parejas de hecho, parientes en línea recta, así como de hermanos e hijos de hermanos o personas que viven juntas en comunidad doméstica más un máximo de una persona más, teniendo en cuenta el requisito de reducir el contacto y el de mantener la distancia. Se permite -también en cumplimiento del requisito de reducción de contacto y distancia- permanecer fuera.

    2. Las violaciones del derecho fundamental a la libertad de la persona, como las restricciones a la libertad de circulación, requieren un control de justificación. Cuanto más tiempo surtan efecto, más elevados deberán ser los requisitos en cuanto a su justificación y su coherencia con otras normas que regulan el encuentro de las personas.

    [El derecho a la libre circulación es un derecho instrumental para el efectivo ejercicio de otros derechos fundamentales. P.ej., en el derecho fundamental de culto (art. 16 CE), para poder cumplir con los preceptos dominicales, se requiere necesariamente el poder realizar el trayecto deambulatorio del domicilio al templo y viceversa]

    3. El derecho fundamental a la protección de la familia también protege el encuentro con miembros de una familia que no pertenecen al hogar propio [en España es el art. 39 CE: 1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. 2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos]

    4. El ejercicio de un derecho fundamental no requiere justificación. Más bien, su restricción requiere una justificación, que debe sopesar de manera comprensible entre:

    a) la profundidad de la invasión, por un lado, y
    b) la extensión y probabilidad del peligro inminente que la restricción pretende evitar por otro

    5. El poder ejecutivo tiene un alcance fundamentalmente amplio de evaluación de los pronóstico de peligro y riesgo social.

    Sin embargo, a medida que aumenta la duración de la restricción de los derechos fundamentales, se necesita una justificación cada vez más sólida basada en los hechos de aquellos riesgos que se temen que pueden darse en el caso de que se levante la forma concreta de la restricción inicial (se levanta el confinamiento o aislamiento domiciliario de toda la sociedad y puede aumentar de manera cierta y segura la pandemia).

    Las puras presunciones son tan insuficientes para ello como la afirmación de que siguen produciéndose nuevas infecciones.

    También debe tenerse en cuenta aquella percepción de la prerrogativa de evaluación por parte de terceros, los gobiernos de otros estados federales. [En España serían los otros Estados miembros de la UE]

    6. No constituye una regulación coherente del ejercicio del derecho fundamental de la libertad personal si se permite el encuentro de familiares en la esfera pública manteniendo el requisito de la distancia [en la calle], pero no se permite el encuentro de las familias en la esfera privada [en sus propios domicilios].

    7. Si no se prohíbe la circulación al aire libre respetando el principio de la distancia, no hay motivos para prohibir la permanencia en el exterior en las mismas condiciones [respetando el principio de la distancia].

    8. Las consecuencias irreversibles de la continuación sin restricciones de la suspensión total del derecho fundamental a la libertad de la persona, cuando se sopesan con las posibles consecuencias de su suspensión parcial, limitada al ámbito familiar, tienen mayor peso a la vista de la evolución relativa del número de infecciones en relación con el número de habitantes de los Länder cercanos a la frontera, con y sin restricciones iniciales, y a la vista de los estudios disponibles sobre su eficacia en comparación con otras medidas de lucha contra la pandemia, que ya se han suspendido parcialmente, y a la vista de la incoherencia de la reglamentación.

    Sentencia del Tribunal Constitucional del Sarre:

    http://www.juris.de/jportal/portal/t/i8/page/homerl.psml?nid=jnachr-JUNA200401344&cmsuri=%2Fjuris%2Fde%2Fnachrichten%2Fzeigenachricht.jsp&sayit_cmd=autoplay&id=home.link.dokument.vorlesen
    http://www.heise.de/tp/features/Verfassungsgericht-Demonstrationsrecht-gilt-trotz-Corona-Pandemie-4704019.html
    http://www.verfassungsgerichtshof-saarland.de/frames/index.html
    file:///C:/Users/Usuario/Downloads/2020_Lv%207-20%20eA_anonymisiert.pdf

    [1] INFORME LEOPOLDINA

    http://www.leopoldina.org/uploads/tx_leopublication/2020_04_13_Coronavirus-Pandemie-Die_Krise_nachhaltig_%C3%BCberwinden_final.pdf

    En su 3ª declaración de 13 de abril de 2020, la Academia Nacional de Ciencias Leopoldina señaló que, al sopesar los bienes en los que se interviene y los objetivos que se persiguen, hay que incluir mucho más que una simple yuxtaposición de la libertad individual y el objetivo destacado de proteger la vida y la integridad de muchos.

    Es importante la aceptación de las restricciones a la libertad en su conjunto, cuyo grado, sin embargo, se vuelve tanto más frágil cuanto más tiempo duren.

    También era de gran importancia que las normas fueran claras, inequívocas y comprensibles y que se basaran en la comprensión de los intereses propios y el cuidado de los demás.

    El «grave debilitamiento» de la sociedad civil provocado por las medidas que eran ciertamente indispensables en 1ª instancia hace aconsejable introducir una relajación gradual de las medidas lo antes posible.

  8. es la deixa del avi Florenci …

  9. Aunque no venga al caso, quiero añadir que aplaudo la «sustitucion» de Da. Cayetana, creo que esta señora era un peligro para el P.P.
    He conocido en algunas entidades personas como ella que se han creído que su «carisma» es el carisma del partido, que sus propuestas deben aceptarse si rechistar por toda la organización, en definitiva que el partido son ellas y ellas son el partido.
    Esta señora era el «rufian» del otro lado

  10. Este es el punto real de la mal denominada independencia y naZismo en Cataluña, los millones a raudales que se dedicaba a robar el molt honorable Lladre Pujol.

  11. Pues hizo muy bien.

    Razones:

    1.Los catalanes votaban en masa (borreguil) al Amado Líder Pujol.

    2. Los gobiernos de Mr.X y del Faraón con bigotillo, se arrastraban ante Pujol y le lustraban las botas a lenguetazos. Hasta ordenaban a la Benemérita que no osaran molestarle en la frontera de Andorra.

    3. Los periodistas apesebrados (casi todos los que abundan en los mass media) adulaban al Enano hasta límites obscenos. Yoda llegaba a Madrid y se les hacía el koine Pepsi.

    4. Los jueces y fiscales… ¿qué jueces y qué fiscales?

    Lo raro así, no es que el nene le ingresara a su papi 307 kilos de peseras en maletines. Que es más sencillo. Lo raro, es que sólo hayan «heredado» 3.500 millones de euros (que se sepa), pa’mí que eso sólo es el diezmo de lo que realmente deben tener.

    Felipe, Josemari, ¿todo bien?

  12. 2 millones de euros son peanuts comparadao con las cifras que se manejan, de cientos e incluso miles de millones de euros (panama, mexico, argentina, nueva zelanda, gabon, andorra, lituania, estonia, paises offshore, etcetcetc).
    ¿donde esta el resto?

  13. El naZi-onalismo es una tapadera para ocultar la corrupción…lo más desconcertante es la multitud de catalanes que son incapaces de entenderlo.
    La debacle del C. de F. Barcelona es una consecuencia más- daños colaterales – de esta pandemia supremacista

  14. Queremos CRUJIR de BRANQUES
    Quejidos y lamentos de troncos al PARTIRSE
    Queremos ASTILLAS volando por todas partes
    Olor a MADERA recien SERRADA
    Meter nuestras manos en MONTONES de SERRIN y VIRUTAS de BRANQUES
    Bañarnos en RESINA que gotee en nuestra cara .
    Corteza en nuestra piel y sonido de grandes sierras circulares devorando BRANQUES
    QUEREMOS JUSTICIA !!!

    Han destruido Cataluña y no se pueden ir de ROSITAS

  15. si el hijo rompió la hucha cerdito para entregarle eso a su padre…. ¿ Cómo seria de grande el cerdito?

  16. Como vengo comentando la familia Pujol, unos estafadores, fanaticos, sinverguenzas que nos han robado a manos llenas. No nos ha robado Madrid, nos han robado esta familia mafiosa a todos, catalanes y españoles, que paguen con una condena ejemplar y que devuelvan los 3500 millones de euros, que se calcula que es la cantidad robada.

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