El catedrático que explica con rigor por qué la amnistía es inconstitucional

Ja poden repetir la mentida un milió de vegades… que seguirà sent mentida.

Y por suerte aún tenemos gente seria a la que no han podido callar. Como Josep Mª Castellà, catedrático de Derecho Constitucional por la Universidad de Barcelona, miembro de la Comisión de Venecia entre 2014 y 2022, titular de la cátedra Jean Monnet en Democracia Constitucional Europea y presidente del Club Tocqueville. Un jurista al que hay escuchar siempre.

Castellà acaba de conceder una jugosísima entrevista a La Puñalada, donde entre otras cuestiones, aborda el tema de la amnistía a los golpistas concedida por Pedro Sánchez. Sus comentarios son de una enorme lucidez y desmontan, con claridad meridiana, todos los sofistas que los opinadores a sueldo del PSOE/PSC nos intentan colar.

Explica Josep Mª Castellà que:

«Lo que está claro es que la Constitución no prevé la amnistía. Contempla los indultos a la vez que prohíbe los indultos generales. Esto es un hecho, y también lo es que en el proceso constituyente se presentaron dos enmiendas que pedían regular la amnistía con una serie de requisitos y las dos se rechazaron, como ha estudiado Agustín Ruiz Robledo.

A partir de aquí, la interpretación que subyace en los defensores de la ley de amnistía y que, a la espera de poder leer la sentencia, parece que la mayoría de los miembros del Tribunal Constitucional ha hecho suya al votar favorablemente la ponencia de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, es que el Parlamento es soberano, el Parlamento puede legislar sobre todo lo que no está prohibido por la Constitución. Esta es una interpretación muy discutible. De entrada, porque parte de una idea de soberanía parlamentaria que no es la que se da en las democracias constitucionales.

Nuestro sistema no es el de la soberanía parlamentaria, sino el de una soberanía popular codificada en la Constitución y que otorga a cada institución pública unos poderes delimitados y distintos. Las atribuciones del Parlamento y de todas las instituciones son las que les concede la Constitución. No se trata de una cláusula abierta. El principio de libertad opera para los particulares; el principio que opera para los poderes públicos es el de sometimiento estricto al derecho. Por lo tanto, si la amnistía no está explícitamente prevista es muy discutible que se pueda legislar.

El jurista ha de atender a la interpretación sistemática del conjunto de la Constitución, si se cumplen los principios de respeto al Estado de Derecho, de separación de poderes. En la Constitución la función jurisdiccional se atribuye en exclusiva a los jueces. Es decir, una amnistía es una excepción a la regla de que quien administra justicia son los jueces del poder judicial, por lo que solo es posible promulgarla si se prevé en la Constitución como una atribución específica al legislador, como ha subrayado Josu de Miguel. No entra dentro de la potestad legislativa genérica de las Cortes. Así se hacía en la Segunda República y así se hace en otras Constituciones del derecho comparado; por ejemplo, en la italiana.

[…] La gran mayoría de los juristas coincide en que esta amnistía no encaja en la Constitución por la indeterminación de los sujetos y del objeto y la amplitud del periodo que cubre. No se cuantifican los sujetos beneficiarios, nadie sabe cuántos son. Los hechos abarcados por la amnistía son los relacionados con el Procés, pero eso incluye tipos delictivos y otros actos muy distintos. El período que abarca va de noviembre de 2011 a noviembre de 2023. Es muy amplio, y eso comporta muchos problemas respecto a la aplicación de esta amnistía, además de su origen en una transacción política y del fin declarado por la ley y más que discutible: la normalización de Cataluña. Por lo tanto, la amnistía en España se da por un supuesto de reconciliación propio de los cambios de régimen, no por las contingencias de la política. En otras circunstancias no tiene justificación, salvo que aceptemos que lo que se quiere ahora es un cambio de régimen».

Demoledor y muy, muy clarito.

Ahora vendrán chupatintas y los del equipo de opinión sincronizada a contarnos monsergas de todo tipo, pero seguro que son incapaces de rebatir las argumentaciones del catedrático Castellà.

Dolça i seriosa Catalunya…



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3 comentarios

  1. No hay que explicarlo con rigor, sino con «rigor mortis». Un poco de humor negro para esta calurosa tarde de martes. XD

    «Am.nistía Inter.nacional» debería denunciar al Tribunal Prosti.tucional por PLAGIO. La ley debería denominarse «ley de amnis-sobrina, de amnis-prima, de amnis-suegra o de amnis-cuñada».

  2. Lo mejor del «pruuusssèèéésss» es que, desde el 2017, más de 9.000 empresas se han marchado de Cataluña. De las cuales, solamente 681 empresas han regresado a Cataluña.

    La última preocupación de Plataforma per «Lallenguadiscriminada» (con leche merengada y condensada). La noticia la escuché anoche en «Qatar-yihad-lunya Desinformació» (92.0 FM):

    Un informe de Plataforma per «Lallenguadiscriminada» (y también «por la pasta y por la patilla») concluye que la lengua tiene más hablantes que nunca, pero -al mismo tiempo- su uso social está bajo mínimos.

    ¡No veas! ¡Qué preocupación más grande! ¡Es más grave que un cáncer de pene! Se refieren a «l’ús social».

    La típica Charo «indepe»: «¡Oh, no, eres un médico hispanoamericano que no me estás hablando en catalán! ¡Tengo un cáncer de ovario muy avanzado, pero tú no me atiendes en catalán! ¡Esto es gravísimo! ¡Voy a llamar inmediatamente a los Mossos d’Esquadra para que te expulsen de la República dels Països Catalans y te devuelvan rápidamente a tu país de origen! Parla català o emigra, chaval!»

  3. Jamás entenderé por qué no detuvieron y encarcelaron a absolutamente todos los CDR que DESTROZARON la Via Layetana y la plaza de Urquinaona. ¿Por qué son ciudadanos que se manifiestan pacíficamente? Nótese la ironía.

    No solamente tienen que ir a prisión todos aquellos políticos que cometan uno o varios delitos. También todos los manifestantes que quemen contenedores de basura, además de coches aparcados y motos aparcadas. ¿Es que ya nadie se acuerda? Esta es la «Ley de la Amnesia Colectiva».

    Este vídeo fue difundido por «La Mos.ca T.V», una tele.visión anar.quista, zapa.tista, pro C.he Gue.vara, pro Pales.tina, mar.xista, comu.nista, etc. Lo peor de lo peor. Supuestamente, emite en la TDT. Pero, entre 1997 y 2005, yo ya la sintonizaba en la televisión analógica. En ese entonces (ahora ya no lo sé), los estudios estaban ubicados en una plaza rectangular del ba.rrio de Gra.cia, en Barce.lona. Muy amigos de las emi.soras li.bres de ra.dio, como Rà.dio Con.tra.ban.da (91.4 FM), Ra.dio Lí.nea IV (103.9 FM), Ra.dio Bron.ka (104.5 FM), etc.

    No hace falta ser catedrático de nada para darse cuenta de que ESTO es una ABERRACIÓN y un GRAVÍSIMO INSULTO a todos los ciudadanos de bien. ¡Se ríen de nosotros y se mean encima de nosotros! Esto es más INCONSTITUCIONAL y más feo que pegarle a una madre.

    Por favor, Rufi Pitufi; quiero empezar bien el mes de julio. El «awaiting moderation» ya cansa. Todos los días lo mismo, chaval. Pórtate bien conmigo. Muchas gracias.

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